lunes, marzo 20, 2023

El Gobierno estableció que las mujeres podrán sumar de uno a tres años de servicios computables para su jubilación por cada hijo

El Gobierno estableció que las mujeres podrán sumar de uno a tres años de servicios computables para su jubilación por cada hijo. Lo hizo a través del Decreto 475/21 publicado hoy en el Boletín Oficial, que incorpora artículos a la ley 24.241, que rige el sistema de jubilaciones y pensiones.

Así se dispone que las mujeres podrán computar un año de servicio por cada hijo o hija que haya nacido con vida.

En caso de adopción de personas menores de edad, la mujer adoptante computará dos años de servicios por cada hijo o hija. Además se reconocerá un año de servicio adicional por cada hijo o hija con discapacidad, que haya nacido con vida o haya sido adoptado, que sea menor de edad.

El beneficio es también para las beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) por el período de, al menos, doce meses continuos o discontinuos.

Estas mujeres podrán computar, además, otros dos años adicionales de servicio por cada hijo y hija que haya nacido con vida o haya sido adoptado, que sea menor de edad. Asimismo, se incluye el período de licencia por maternidad para el cómputo de “las prestaciones de retiro transitorio por invalidez o de la pensión por fallecimiento de la afiliada en actividad».

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